SISTEMA DE CONTROL DE IMPORTACIONES UNION EUROPEA

SISTEMA DE CONTROL DE IMPORTACIONES UNION EUROPEA

October 29, 20243 min read

SISTEMA DE CONTROL DE IMPORTACIONES UNION EUROPEA

29 de octubre de 2024

De acuerdo a comunicado recibido de MSC, la Aduana Europea continúa implementando su Sistema de Control de Importaciones (ICS2), que ahora avanza a su tercera versión.

A partir del 31 de octubre de 2024, se aplicarán los nuevos requisitos obligatorios para mercancías transportadas por vía marítima, fluvial, carretera y ferrocarril con destino o tránsito en los 27 países de la UE, así como en Irlanda del Norte, Noruega y Suiza, incluyendo la carga en tránsito.

Detallamos a continuación lo indicado por MSC al respecto:

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1. INFORMACIÓN MANDATORIA PARA EMBARQUES CON DESTINO Y TRÁNSITO EUROPA

Teniendo en cuenta lo anterior, durante la fase 1, solicitaremos que para todos los embarques hacia la Unión Europa incluyendo la carga en tránsito por estos países, nos envíen la siguiente información de manera obligatoria en sus declaraciones de embarque. Esta información debe proporcionarse en los deadlines determinados de Cut Off , publicados para cada buque.

  • Registro e identificación del operador económico (EORI) del destinatario (solo envíos a la Unión Europea)

  • Número EORI del declarante complementario en caso de múltiples presentaciones de ENS

  • Código de mercancía: código del Sistema Armonizado (HS) de 6 dígitos

  • House BL incluidas en la exportación: declarar en Shipping Instruction, siempre si existen o no House Bls involucrados

  • Datos completos de los participantes Shipper, Consignee & Notify, dirección, contactos, teléfonos, etc. (incluido nombre de la calle, número, apartado postal, ciudad, el código postal)

  • Información del comprador y el vendedor (si son diferentes del remitente y el destinatario, y si las mercancías se entregan dentro de la UE).

 

2. DECLARACIÓN EN myMSC (MANDATORIO)

Además de lo anterior, deberán completar obligatoriamente la declaración ENS en el myMSC.com.  Dentro de la pagina de anuncios, encontrarán el respectivo manual de instrucciones. Ambos procedimientos (puntos 1 y 2) son obligatorios

3. CONSECUENCIAS POR NO DECLARAR LA INFORMACIÓN NECESARIA

Tome nota de que, si no recibimos esta información a tiempo, los riesgos y multas que conlleva la falta de información y no cumplimiento de la declaración de carga a la Unión Europea, generarán posibles costos que no serán asumidos por MSC:

  •  Multas por no cumplir con la manifestación a tiempo, de USD 5,000 por cada BL.

  • No embarque de las cargas por incumplimiento de información requerida, pudiendo considerar costos de almacenaje, manipulación, etc.

  • Correcciones de información no declarada correctamente en la matriz.

4. PUNTOS RELEVANTES DE ESTA NUEVA NORMATIVA

Como información adicional, indicamos los puntos principales del nuevo procedimiento ICS2 son los siguientes:

  • La evaluación de riesgos se completará dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la ENS en el nuevo sistema centralizado de aduanas europeo, Shared Trader Interface.

  • La carga sólo podrá ser embarcada después de una presentación exitosa de la ENS.

  • MSC será el principal responsable de presentar una ENS para las mercancías que ingresarán al territorio aduanero de la UE de manera correcta; si no contamos con la información necesaria no será posible y el embarque podría peligrar. MSC cumplirá con el requisito de presentar una ENS y actuaremos como declarante (un conocimiento de embarque máster = una ENS).

Desde ya agradecemos su atención y colaboración con el cumplimiento de estos nuevos requerimientos. Le recordamos que puede escribirnos a la casilla  [email protected] en caso de duda o consulta.

 

 

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